Como ya hemos comentado en alguna otra ocasión, la estupidez del ser humano no tiene límites.
Dos jóvenes, conduciendo de forma temeraria, graban su propio accidente y lo publican en redes sociales, ocurrió en Churra, una pedanía de Murcia.
Además del riesgo al que se han visto expuestos ellos mismos, han puesto en riesgo, como se puede ver en el vídeo, a otro conductor que adelantan justo en el momento de tomar la rotonda.
Sin lugar a dudas, el conductor ha sido autor de un delito de conducción temeraria:
El delito de conducción temeraria aparece regulado en el Código Penal, Título XVII (de los delitos contra la seguridad colectiva), Capítulo IV (de los delitos contra la seguridad vial), artículo 380:
1. El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
2. A los efectos del presente precepto se reputará manifiestamente temeraria la conducción en la que concurrieren las circunstancias previstas en el apartado primero y en el inciso segundo del apartado segundo del artículo anterior.
La Policía ya está investigando el suceso ya que, además, recibió el aviso en el servicio de emergencias del otro conductor que se ve en el vídeo.